Domingo 06 diciembre 2015.
Por: Marcelo Pellegrino
Ceremonial y Protocolo
Provincia de Corrientes
Para El Litoral
Me parece oportuno compartir el siguiente trabajo, realizado en base a conocimientos propios de mi función en Ceremonial y Protocolo, registros de la Dirección de Ceremonial de la Casa de Gobierno de la Nación y datos históricos y publicaciones periodísticas de la actualidad.
De los 54 hombres y mujeres que ocuparon el Sillón de Rivadavia, fue Sarmiento (1868-1874) el primer presidente que asumió en una ceremonia parecida a la que se acostumbra hoy.
El 12 de octubre de 1868, recibió el bastón de mando y la banda celeste y blanca como símbolos del Poder Ejecutivo. Pero esta jornada lamentablemente fue muy poco elegante y descontrolada. Cientos de ciudadanos entusiastas entraron por la fuerza a la Casa de Gobierno y coparon balcones, patios, salones, rompieron ventanas y treparon a todo tipo de muebles para presenciar el traspaso.
Sobre esto, Sarmiento se lamentó diciendo: “Jamás se ha presentado espectáculo más innoble y vergonzoso”. Tanto que se habla ahora, sobre donde debería recibir los atributos del mando. Sería bueno repasar que los atributos del mando son la forma de distinguir, en este caso no desde lo legal pero si desde lo social y político, a nuestro primer mandatario nacional. Que se lo caracteriza a través de los atributos mediante un bastón y una banda presidencial.
El bastón es una analogía del cetro de los monarcas europeos y las varas de mando que los virreyes y alcaldes coloniales utilizaron simbólicamente hasta la primera década del siglo XIX en nuestro territorio. Varios museos, como el del Bicentenario, conservan algunos de esos bastones, algunos de ellos, son verdaderas obras maestras de la orfebrería.
La banda presidencial, mientras tanto, está inspirada en la banda de la Orden de Carlos III que lucen los reyes españoles desde 1771. Ahora, con los colores de la Bandera argentina y un sol dorado en el centro.
Sobre el punto que en la actualidad ocupa el centro de la polémica, sobre donde debe jurar el Presidente electo y recibir los atributos del mando; y si recurrimos, entonces a la fuente de nuestro ordenamiento jurídico: la Constitución Nacional, encontramos que en su Artículo 93 se refiere al respecto diciendo: “Al tomar posesión de su cargo el presidente y vicepresidente prestarán juramento, en manos del presidente del Senado y ante el Congreso reunido en Asamblea, respetando sus creencias religiosas, de “desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina”
Como puede apreciarse, la Constitución no estipula taxativamente un lugar físico para llevar a cabo la jura. Pero se entiende implícitamente que el Presidente y Vicepresidente electo juran en el ámbito donde naturalmente se reúnen las dos Cámaras, en particular o fundamentalmente como en el caso; en Asamblea Legislativa. Siendo entonces el lugar físico; el edificio del Congreso Nacional.
Al respecto de la línea sucesoria, se ha escuchado también, que desde la hora cero del 10 de diciembre la fórmula gubernativa, ya sea Presidente y Vicepresidente, fenecen en sus mandatos; entonces siguiendo la línea sucesoria, el mando de la organización civil y política del país le corresponde al presidente de la Cámara de Diputados.
Esto no es así, primero porque la Constitución solo habla del día del vencimiento de mandatos y teniendo en cuenta un principio esencial de nuestro sistema republicano de gobierno que habla periodicidad en los cargos. Ello, trae aparejada la necesidad del propio traspaso del cargo y la continuidad jurídica que hace sustentable nuestro sistema de gobierno. Por esto último y como manera de materializar esos postulados no se menciona ni trata en la Constitución de una hora determinada, como podría adoptarse en los procedimientos legales en materia civil o penal, para mencionar.
Por otro lado, bien es sabido que el Senado de la Nación ha creado, el cargo de Presidente provisional, para casos en que el Presidente nato del Senado, o sea el Vicepresidente de la Nación, no pueda por cuestiones propias de sus actividades relacionadas sobre todo con aquella larga y bizantina discusión, sobre a qué poder pertenece el Vicegobernador si al Ejecutivo o al Legislativo. Ver Art. 58 de la Constitución Nacional.
Entonces en la línea sucesoria, está antes que el Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, el Presidente Provisional del Senado.
Pero como la República sólo puede tener un Presidente a la vez, el mandatario saliente dejará de ser el jefe de Estado instantáneamente, en el momento en que el entrante electo preste su juramento, ni antes ni después y sin que sea necesaria otra ceremonia legal para la sucesión.
La ceremonia de jura de Néstor Kirchner, en 2003, fue la primera en la que el presidente saliente se presentó después del juramento para entregar los atributos del poder a su sucesor y no fue necesaria la ceremonia en la Casa Rosada, hasta entonces tradicional.
Entonces, como no podía ser de otra forma, en nuestro ordenamiento jurídico los usos y las costumbres prevalecen también en el traspaso de mando; ya que, por lo conocido y lo que he podido investigar sobre el tema en cuando a exigencias legales, no hay más allá de lo requerido en nuestra constitución y aquí mencionado recientemente.
Si se puede destacar el “Reglamento de Ceremonial de la Presidencia”, publicado en los años 60 -que no alcanza a ser una exigencia con carácter legal sino solo de orden-, posee un rango inferior y ha sido emanado de autoridades administrativas. Ese Reglamento indica: “La ceremonia de traspaso de mando (es decir, la entrega de la banda y del bastón) tiene lugar en el Salón Blanco de la Casa Rosada”.
Según el tradicional protocolo establecido por la Casa Rosada “el señor Presidente saliente entregará al señor Presidente, frente a la mesa colocada sobre el estrado, las insignias presidenciales que estarán sobre la misma. El Presidente saliente se despedirá del señor Presidente electo y se retirará del Salón Blanco conjuntamente con sus ex Ministros, siendo acompañado hasta el pórtico de la Casa de Gobierno por las autoridades militares”.
La historia reciente
El 10 de diciembre de 1983, el radical Raúl Alfonsín prestó juramento ante el Congreso y, posteriormente, viajó a la Casa Rosada donde Bignone (ex jefe de Estado) le entregó la banda y el bastón.
Lo mismo sucedió en 1989, cuando el ya juramentado presidente Carlos Menem recibió de Alfonsín (“presidente saliente”, según el acta firmada) los atributos de la presidencia.
En 1995 el reelecto Carlos Menem se presentó ante el Congreso para jurar y no hubo ceremonia de entrega de bastón y banda porque ya los tenía en su poder.
El mismo protocolo tradicional de acuerdo al reglamento, se realizó hasta la llegada al poder de Fernando De La Rúa, en 1999.
Los sucesivos mandatarios recibieron los atributos del cargo en el mismo Congreso Nacional después de haber prestado juramento. Costumbre que se inició en 2003 con Eduardo Duhalde, elegido por la Asamblea Legislativa.
Viene a bien recordar, los variados y diversos manejos que se hicieron hace tiempo ya, con los atributos de mando al momento de recibirlos. También con las fórmulas de juramento, sobre todo nuestros legisladores. Estando esto último, clara y legalmente establecido en nuestra Constitución Nacional y Provincial.
Pero si es cierto, que más allá del requerimiento constitucional de la jura, no hay más que costumbres y usos condicionados por la situación política de cada momento histórico y la mayor de las veces lamentablemente, por caprichos personales de los funcionarios de turno.
En esta materia, como en tantas relacionadas al Ceremonial, es bueno que nuestros funcionarios se pongan a la altura como otros países no tan lejanos, que han comprendido la necesidad de respetar un orden, mediante la correspondiente legislación y el respeto a las normas tradicionales no escritas.
Porque si hay algo que necesitamos para organizarnos como Nación; es primero tener en claro nuestras normas y reglas de convivencia, y luego aprender a respetarlas y cumplirlas, más allá de nuestros gustos, modismos o caprichos.
http://www.ellitoral.com.ar/390962/Sobre-la-entrega-de-los-atributos
Por: Marcelo Pellegrino
Ceremonial y Protocolo
Provincia de Corrientes
Para El Litoral
Me parece oportuno compartir el siguiente trabajo, realizado en base a conocimientos propios de mi función en Ceremonial y Protocolo, registros de la Dirección de Ceremonial de la Casa de Gobierno de la Nación y datos históricos y publicaciones periodísticas de la actualidad.
De los 54 hombres y mujeres que ocuparon el Sillón de Rivadavia, fue Sarmiento (1868-1874) el primer presidente que asumió en una ceremonia parecida a la que se acostumbra hoy.
El 12 de octubre de 1868, recibió el bastón de mando y la banda celeste y blanca como símbolos del Poder Ejecutivo. Pero esta jornada lamentablemente fue muy poco elegante y descontrolada. Cientos de ciudadanos entusiastas entraron por la fuerza a la Casa de Gobierno y coparon balcones, patios, salones, rompieron ventanas y treparon a todo tipo de muebles para presenciar el traspaso.
Sobre esto, Sarmiento se lamentó diciendo: “Jamás se ha presentado espectáculo más innoble y vergonzoso”. Tanto que se habla ahora, sobre donde debería recibir los atributos del mando. Sería bueno repasar que los atributos del mando son la forma de distinguir, en este caso no desde lo legal pero si desde lo social y político, a nuestro primer mandatario nacional. Que se lo caracteriza a través de los atributos mediante un bastón y una banda presidencial.
El bastón es una analogía del cetro de los monarcas europeos y las varas de mando que los virreyes y alcaldes coloniales utilizaron simbólicamente hasta la primera década del siglo XIX en nuestro territorio. Varios museos, como el del Bicentenario, conservan algunos de esos bastones, algunos de ellos, son verdaderas obras maestras de la orfebrería.
La banda presidencial, mientras tanto, está inspirada en la banda de la Orden de Carlos III que lucen los reyes españoles desde 1771. Ahora, con los colores de la Bandera argentina y un sol dorado en el centro.
Sobre el punto que en la actualidad ocupa el centro de la polémica, sobre donde debe jurar el Presidente electo y recibir los atributos del mando; y si recurrimos, entonces a la fuente de nuestro ordenamiento jurídico: la Constitución Nacional, encontramos que en su Artículo 93 se refiere al respecto diciendo: “Al tomar posesión de su cargo el presidente y vicepresidente prestarán juramento, en manos del presidente del Senado y ante el Congreso reunido en Asamblea, respetando sus creencias religiosas, de “desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina”
Como puede apreciarse, la Constitución no estipula taxativamente un lugar físico para llevar a cabo la jura. Pero se entiende implícitamente que el Presidente y Vicepresidente electo juran en el ámbito donde naturalmente se reúnen las dos Cámaras, en particular o fundamentalmente como en el caso; en Asamblea Legislativa. Siendo entonces el lugar físico; el edificio del Congreso Nacional.
Al respecto de la línea sucesoria, se ha escuchado también, que desde la hora cero del 10 de diciembre la fórmula gubernativa, ya sea Presidente y Vicepresidente, fenecen en sus mandatos; entonces siguiendo la línea sucesoria, el mando de la organización civil y política del país le corresponde al presidente de la Cámara de Diputados.
Esto no es así, primero porque la Constitución solo habla del día del vencimiento de mandatos y teniendo en cuenta un principio esencial de nuestro sistema republicano de gobierno que habla periodicidad en los cargos. Ello, trae aparejada la necesidad del propio traspaso del cargo y la continuidad jurídica que hace sustentable nuestro sistema de gobierno. Por esto último y como manera de materializar esos postulados no se menciona ni trata en la Constitución de una hora determinada, como podría adoptarse en los procedimientos legales en materia civil o penal, para mencionar.
Por otro lado, bien es sabido que el Senado de la Nación ha creado, el cargo de Presidente provisional, para casos en que el Presidente nato del Senado, o sea el Vicepresidente de la Nación, no pueda por cuestiones propias de sus actividades relacionadas sobre todo con aquella larga y bizantina discusión, sobre a qué poder pertenece el Vicegobernador si al Ejecutivo o al Legislativo. Ver Art. 58 de la Constitución Nacional.
Entonces en la línea sucesoria, está antes que el Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, el Presidente Provisional del Senado.
Pero como la República sólo puede tener un Presidente a la vez, el mandatario saliente dejará de ser el jefe de Estado instantáneamente, en el momento en que el entrante electo preste su juramento, ni antes ni después y sin que sea necesaria otra ceremonia legal para la sucesión.
La ceremonia de jura de Néstor Kirchner, en 2003, fue la primera en la que el presidente saliente se presentó después del juramento para entregar los atributos del poder a su sucesor y no fue necesaria la ceremonia en la Casa Rosada, hasta entonces tradicional.
Entonces, como no podía ser de otra forma, en nuestro ordenamiento jurídico los usos y las costumbres prevalecen también en el traspaso de mando; ya que, por lo conocido y lo que he podido investigar sobre el tema en cuando a exigencias legales, no hay más allá de lo requerido en nuestra constitución y aquí mencionado recientemente.
Si se puede destacar el “Reglamento de Ceremonial de la Presidencia”, publicado en los años 60 -que no alcanza a ser una exigencia con carácter legal sino solo de orden-, posee un rango inferior y ha sido emanado de autoridades administrativas. Ese Reglamento indica: “La ceremonia de traspaso de mando (es decir, la entrega de la banda y del bastón) tiene lugar en el Salón Blanco de la Casa Rosada”.
Según el tradicional protocolo establecido por la Casa Rosada “el señor Presidente saliente entregará al señor Presidente, frente a la mesa colocada sobre el estrado, las insignias presidenciales que estarán sobre la misma. El Presidente saliente se despedirá del señor Presidente electo y se retirará del Salón Blanco conjuntamente con sus ex Ministros, siendo acompañado hasta el pórtico de la Casa de Gobierno por las autoridades militares”.
La historia reciente
El 10 de diciembre de 1983, el radical Raúl Alfonsín prestó juramento ante el Congreso y, posteriormente, viajó a la Casa Rosada donde Bignone (ex jefe de Estado) le entregó la banda y el bastón.
Lo mismo sucedió en 1989, cuando el ya juramentado presidente Carlos Menem recibió de Alfonsín (“presidente saliente”, según el acta firmada) los atributos de la presidencia.
En 1995 el reelecto Carlos Menem se presentó ante el Congreso para jurar y no hubo ceremonia de entrega de bastón y banda porque ya los tenía en su poder.
El mismo protocolo tradicional de acuerdo al reglamento, se realizó hasta la llegada al poder de Fernando De La Rúa, en 1999.
Los sucesivos mandatarios recibieron los atributos del cargo en el mismo Congreso Nacional después de haber prestado juramento. Costumbre que se inició en 2003 con Eduardo Duhalde, elegido por la Asamblea Legislativa.
Viene a bien recordar, los variados y diversos manejos que se hicieron hace tiempo ya, con los atributos de mando al momento de recibirlos. También con las fórmulas de juramento, sobre todo nuestros legisladores. Estando esto último, clara y legalmente establecido en nuestra Constitución Nacional y Provincial.
Pero si es cierto, que más allá del requerimiento constitucional de la jura, no hay más que costumbres y usos condicionados por la situación política de cada momento histórico y la mayor de las veces lamentablemente, por caprichos personales de los funcionarios de turno.
En esta materia, como en tantas relacionadas al Ceremonial, es bueno que nuestros funcionarios se pongan a la altura como otros países no tan lejanos, que han comprendido la necesidad de respetar un orden, mediante la correspondiente legislación y el respeto a las normas tradicionales no escritas.
Porque si hay algo que necesitamos para organizarnos como Nación; es primero tener en claro nuestras normas y reglas de convivencia, y luego aprender a respetarlas y cumplirlas, más allá de nuestros gustos, modismos o caprichos.
http://www.ellitoral.com.ar/390962/Sobre-la-entrega-de-los-atributos
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